Especialistas en legaltech, fiscal y protección de datos coinciden: no todas las firmas electrónicas ofrecen el mismo nivel de protección jurídica ni fiscal para las empresas.
Ciudad de México a 24 de noviembre de 2025. – En un contexto donde cada vez más contratos, créditos y acuerdos empresariales se firman en línea, muchas organizaciones y personas siguen usando la misma “firma digital” para todo, sin distinguir su fuerza legal ni los riesgos que implica. Para atender este vacío, Urdaten, la plataforma mexicana especializada en digitalización y verificación de datos reunió a especialistas del ecosistema legal y tecnológico en el panel privado: “Firma simple, NOM-151 y e.firma: Cómo elegir la correcta para tus procesos”.
El panel contó con la participación de Mauricio Ocampo Villaseñor, especialista en legaltech, blockchain, ciberseguridad y derecho corporativo financiero; Jorge Antonio Montiel Romero, especialista en derecho y políticas de transformación digital e inteligencia artificial; Luis Ricardo Sánchez Hernández, especialista en protección de datos personales, regulación digital y fiscalidad; y César Alejandro Leal García, especialista en derecho administrativo, fiscal y cumplimiento corporativo.
Uno de los primeros puntos que subrayaron los especialistas fue la diferencia entre firma digital y firma electrónica.
- La firma digital es un concepto en una tablet hasta la firma escaneada pegada en un PDF. Tiene cierto valor como indicio, pero es la más débil al momento de defender un contrato ante una autoridad.
- La firma electrónica, en cambio, es la que se encuentra regulada por la ley y cuyo diseño técnico–jurídico busca garantizar la identidad del firmante, la integridad del documento y, en algunos casos, el no repudio.
Dentro de las firmas electrónicas, los panelistas distinguieron tres niveles que hoy se usan en la práctica:
- Firma electrónica simple
Recomendada para la aceptación de avisos de privacidad y consentimientos generales.Algunos ejemplos son: Usuario y contraseña, clic en “Acepto”, códigos vía SMS o correo, OTP, etcétera. Su fuerza dependerá de qué tanta evidencia técnica conserve la plataforma (logs, IP, geolocalización, autenticación en dos pasos). - Firma electrónica avanzada (e.firma)
Como la e.firma del SAT, ligada a identidad oficial y biometría. Ofrece uno de los niveles más altos de presunción jurídica: la autoridad parte de que quien usó esa firma efectivamente realizó el acto. - Esquemas reforzados con biometría
Procesos que combinan selfie, validación de INE, CURP, listas negras y otros elementos para robustecer la identificación del firmante, especialmente relevantes en fintech, banca y servicios regulados.
La NOM-151: el sello que da fecha cierta (pero no sustituye a la firma)
Otro concepto central del panel fue la NOM-151, a menudo confundida con un tipo de firma. Los expertos fueron claros: la constancia NOM-151 no es una firma, sino un sello digital de conservación que:
- Genera un hash del documento (su “huella digital”).
- Estampa fecha y hora de generación o resguardo.
- Permite demostrar que el contenido no ha sido modificado desde ese momento.
Esto es clave para acreditar fecha cierta, integridad y materialidad de contratos, especialmente en un entorno donde la autoridad fiscal exige evidencias más robustas de que las operaciones realmente existieron.
El papel de la IA en las firmas digitales
Finalmente, el panel también abordó temas de frontera, como la inteligencia artificial agéntica: sistemas capaces de ejecutar acciones por cuenta de una persona, incluyendo compras, aceptación de términos o incluso firma de documentos.
Aunque el marco jurídico todavía está en construcción, ya se plantea el escenario en el que agentes de IA, autorizados por personas, ejecutan actos jurídicos en su nombre. Esto abre nuevas preguntas sobre representación, consentimiento, identidad digital y no repudio, que regularán la siguiente etapa del ecosistema de firmas electrónicas.
En conclusión, el panel dejó claro que avanzar hacia el uso correcto de la firma electrónica no es solo una decisión tecnológica, sino una pieza central para generar certeza jurídica. Desde Urdaten, el mensaje hacia el ecosistema empresarial y legal es contundente: profesionalizar la forma en que firmamos y conservamos nuestros documentos ya no es una ventaja competitiva, sino una condición mínima para reducir riesgos y aprovechar con seguridad las oportunidades de la economía digital.
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Fuente: PR


